viernes, 18 de marzo de 2016

UN GESTO PARA DESTACAR, UN PRECEDENTE PARA IMITAR




UN GESTO PARA DESTACAR, UN PRECEDENTE PARA IMITAR

¿Por qué es importante que la Oficina Anticorrupción haya retirado la imagen de su titular de la página web oficial de dicho organismo?

El Estado nos pertenece a todos, y todo lo que pertenece al Estado debe ser utilizado para el bien común.

Por eso es que la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, exige a los funcionarios que eviten utilizar las vías de difusión de la obra de gobierno promocionando su propia imagen o su nombre.
Spot grabado durante el régimen K

Durante el régimen kirchnerista, esa norma fue desoída por las más altas autoridades del Estado. Sólo a instancias de algunas presentaciones judiciales efectuadas por nuestra ONG, se pudo lograr que se tapara la imagen presidencial de algunos carteles de obra pública y que el entonces Ministro del Interior dejara de enviar mails de autopromoción y promoción de la entonces Presidente, a quienes obtenían el nuevo Documento Nacional de Identidad.

La Lic. Laura Alonso, al retirar su propia imagen de la página web oficial del organismo a su cargo, no ha hecho más que enviar un claro mensaje al resto de la Administración Pública, cuya conducta ética tiene a su cargo vigilar. El mensaje es que los bienes y servicios del Estado no deben utilizarse en provecho de los funcionarios, sino en beneficio de toda la ciudadanía, y conforme las normas vigentes.


Otro claro mensaje es el que nos envía a los ciudadanos: peticionar a la autoridad tiene sentido; quien peticiona no es un enemigo, sino alguien que colabora con el Estado, en beneficio de todos.

Felicitamos a la Lic. Laura Alonso, no porque haya hecho algo distinto a su deber, lo cual no debería exigir una felicitación; sino por la rareza de su gesto, la rapidez de su rectificación, y su iniciativa de recibirnos para intercambiar ideas sobre algunos temas relativos al área a su cargo.

Ningún funcionario, ni siquiera el presidente, es ajeno al error. Como ciudadanos comprometidos en la defensa de la República, a la que abrazamos por las virtudes, el ideal que persigue y el futuro que hace posible, partimos de un supuesto: la falibilidad de las decisiones y las políticas públicas. Ningún prestigio u honor personal, aún del más encumbrado líder, lo vuelve inmune al error ni a la ley.

Vigilar las instituciones, defenderlas, saber cambiar el rumbo cuando nos hemos alejado de ellas, son actitudes que colaboran en lo inmediato y en el ejemplo.


Ciudadanos Libres por la Calidad Institucional Asociación Civil

miércoles, 16 de marzo de 2016

CARTA ABIERTA A LAURA ALONSO: UN LLAMADO A LA COHERENCIA


CARTA ABIERTA A LAURA ALONSO

          UN LLAMADO A LA COHERENCIA                                                            


                                                                           Ciudad Autónoma de Buenos Aires, marzo de 2016. 
Estimada Lic. Laura Alonso: 

Me es grato dirigirme a Ud. expresándole, en nombre de la ONG Ciudadanos Libres, nuestro beneplácito por su designación al frente de la Oficina Anticorrupción. Su trayectoria y honestidad probada son requisitos ineludibles para luchar contra uno de los flagelos que más han afectado a nuestra Nación en los últimos años. 

Entendemos que resulta imprescindible que el Estado, los funcionarios más encumbrados y, en particular, quienes tienen a cargo áreas de trabajo relacionados con la lucha anticorrupción, exhiban conductas intachables, acordes al orden jurídico y a la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública Nº 25.188. Nuestra postura, en ese sentido, no es nueva: la ONG que tengo el honor de presidir, encaró con vigor, durante el régimen kirchnerista, un decidido cuestionamiento contra la vulneración del art. 42 de la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, cuya autoridad de aplicación es el organismo a su cargo. El mencionado art. 42 dice: “La publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas de los órganos públicos deberá tener carácter educativo, informativo o de orientación social, no pudiendo constar en ella, nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos.” 

Debo decir que nos sorprendió, que siendo Ud. titular del organismo que tiene a su cargo la aplicación de la norma antes citada, sea Ud. misma quien la vulnera, colocando su propia imagen, como un elemento central de la página web que difunde la actividad de la Oficina Anticorrupción ( www.anticorrupcion.gov,ar ). 

Cabe destacar que la foto cuestionada es de estricta autopromoción, en tanto que nada aporta en relación al carácter “educativo, informativo o de orientación social” que exige la norma citada, a la hora de publicitar la actividad del Estado. La confusión entre Estado y gobernante que producen este tipo de conductas, generan una cultura antirrepublicana, y la errada percepción –más grave aún en los más jóvenes y futuros ciudadanos- de que el Estado pertenece a quien gobierna. 

No es así. El Estado le pertenece a la ciudadanía, y dado que estamos convencidos de sus virtudes republicanas, nos tomamos el atrevimiento de solicitarle que, en homenaje a la coherencia, retire su imagen de la página web oficial de la Oficina Anticorrupción. 

Saludo a Ud. muy atentamente

José Lucas Magioncalda Abogado
Pte. Ciudadanos Libres por la Calidad Institucional Asociación Civil

jueves, 3 de marzo de 2016

DENUNCIA CONTRA DIPUTADO MÁXIMO KIRCHNER Y OTROS POR NO DESALOJAR DESPACHOS

DENUNCIA CONDUCTAS TIPIFICADAS EN EL ART. 248 DEL CÓDIGO PENAL
Señor Juez:

JOSÉ LUCAS MAGIONCALDA, abogado Tº 62 Fº 671 del CPACF, constituyendo domicilio en Lavalle 1773, 6º “C”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a V.S. me presento y respetuosamente digo:
I.- PERSONERÍA: Conforme lo acredito con la copia de poder general judicial que adjunto y firmo, soy apoderado de CIUDADANOS LIBRES POR LA CALIDAD INSTITUCIONAL ASOCIACIÓN CIVIL, con domicilio social en Lavalle 1773, 6º “C”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y siguiendo expresas instrucciones de mi mandante vengo a manifestar lo siguiente:
II.-OBJETO: Que vengo a presentar denuncia por el delito tipificado en el art. 249 del Código Penal (incumplimiento de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad) contra los diputados nacionales Máximo Kirchner, Carlos Kunkel y María Teresa García, en razón de los hechos que se detallan a continuación:  

 III.-HECHOS: El día 25 de febrero de 2016, el Lic. Guillermo A. Bardon, Secretario de la Presidencia de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, remitió una intimación, por 72 horas, al Sr. Jefe de Bloque del Frente para la Victoria, Dr. Héctor Recalde, en la que intima a dicho bloque a desocupar una serie de oficinas y espacios físicos del edificio del Congreso, para la readjudicación de los mismos a otros legisladores, conforme la nueva composición del cuerpo.
La intimación notificada se funda en la Resolución Parlamentaria Nº 0040/16, mediante la cual se establece que la ocupación de oficinas, despachos y demás espacios físicos por parte de los señores Diputados Nacionales y los bloques, revisten “carácter transitorio” hasta su asignación definitiva por parte de la Secretaría Administrativa de la Cámara, previa evaluación de la Secretaría General de la Presidencia del cuerpo.

Nota de intimación


                                  
                                     
Asimismo, en la nota se da cuenta de la ocupación ilegítima, mediando el uso de la fuerza, de los despachos 305, 307 y 340 por parte de legisladores de dicho bloque, y también cursa idéntica intimación, para desocupar dichos espacios en 72 horas.
Por otra parte, en diversos medios periodísticos se ha informado que los espacios físicos que se señalan como ocupados ilegítimamente, mediando uso de la fuerza, estarían siendo utilizados por el diputado nacional Máximo Kirchner.
Asimismo, los restantes espacios en cuestión, pertenecerían al diputado Carlos Kunkel y a la diputada María Teresa García.
IV.- DERECHO: El art. 249 del Código Penal establece que “Será reprimido con multa de pesos setecientos cincuenta a pesos doce mil quinientos e inhabilitación especial de un mes a un año, el funcionario público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto de su oficio.”
Sin perjuicio de que la intimación a desocupar y devolver los espacios físicos requeridos por la autoridad parlamentaria fue dirigida al bloque de diputados del Frente para la Victoria, la difusión masiva de dicha circunstancia en los medios de comunicación y las manifestaciones públicas efectuadas por algunos de los diputados ocupantes, en contra de la mencionada intimación, no deja lugar a dudas sobre el pleno conocimiento que dichos diputados tienen, respecto de las circunstancias que los obligan a reintegrar los espacios físicos ilícitamente ocupados.
Por lo dicho, dado que la autoridad competente ha requerido la desocupación y devolución de espacios físicos, la omisión, negativa o retardo, en el cumplimiento de dicha obligación, por parte de los mencionados diputados, los coloca como posibles autores de la conducta tipificada en el art. 249 del Código Penal.
V.- PETITORIO: Por todo lo expuesto, solicito se proceda a la investigación del ilícito denunciado y se apliquen a los responsables las más severas sanciones que permita la legislación penal.
Proveer de conformidad

     SERA JUSTICIA