lunes, 17 de abril de 2017

PROSELITISMO POLÍTICO/GREMIAL EN ESCUELAS: NOTA MODELO PARA DENUNCIARLO EN PROVINCIA DE BUENOS AIRES

PROSELITISMO POLÍTICO/GREMIAL EN ESCUELAS: NOTA MODELO PARA DENUNCIARLO EN PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Desde Ciudadanos Libres por la Calidad Institucional vemos con preocupación la utilización de espacios escolares para dirimir luchas políticas y/o gremiales, donde los alumnos son utilizados como meros objetos de un adoctrinamiento inadmisible.

En los últimos días, tanto personal docente como cooperadoras, han utilizado actos escolares, actividades artísticas, colocación de carteles dentro o en los frentes de las escuelas, y un sinnúmero de acciones para transmitir a los niños sus posiciones político/gremiales.  

Por eso, hemos redactado una nota-modelo que puede ser de utilidad a fin de denunciar estos hechos ante las autoridades educativas de la Provincia de Buenos Aires.   


NOTA -MODELO

_____(lugar)______________________, ____ de __________ de 2017.

Sr. Director General de Cultura y Educación
Provincia de Buenos Aires
S                             /                             D

De mi mayor consideración:

Me dirijo a Ud. a fin de denunciar los hechos ocurridos el día __/__/__ en la escuela ____completar con nombre de la escuela y demás datos que la identifiquen_____, sita en _________________________, los cuales paso a relatar seguidamente:
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------RELATAR LOS HECHOS------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------.
De lo enunciado precedentemente, se advierte que la institución escolar ha vulnerado elementales derechos de sus alumnos y de sus padres. En efecto, el art. 19 de la Ley 26.061 (de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes) dice: “DERECHO A LA LIBERTAD. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la libertad. Este derecho comprende: a) Tener sus propias ideas… según el desarrollo de sus facultades y con las limitaciones y garantías consagradas por el ordenamiento jurídico y ejercerlo bajo la orientación de sus padres, tutores, representantes legales o encargados de los mismos;…”. Por su parte, el art. 14 de la Convención de los Derechos del Niño -que posee jerarquía constitucional- dice: “1. Los Estados Partes respetarán el derecho del niño a la libertad de pensamiento, … 2. Los Estados Partes respetarán los derechos y deberes de los padres y, en su caso, de los representantes legales, de guiar al niño en el ejercicio de su derecho de modo conforme a la evolución de sus facultades.”.
Asimismo, la Resolución Nº 7/2017 de la Dirección General a su cargo, expresamente establece que, en el ámbito escolar, “En ningún caso podrán autorizarse actividades en las que se traten, de manera directa o indirecta, asuntos de carácter político partidario, o se utilicen símbolos de partidos políticos.” Por su parte, el decreto 2299/2011 (Reglamento General de las Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires) establece: “Artículo 193. Prohíbese la colocación de símbolos … de partidos políticos, en el ámbito de los edificios escolares”.
Resulta evidente que la realización de todo acto o práctica escolar, en la que se transmita, desde una determinada posición ideológica, opiniones políticas y/o gremiales respecto de situaciones de trascendencia social, no persiguen la educación de los niños, sino influenciar sus mentes por vía de un proselitismo inaceptable en el ámbito de la escuela pública.
Son los padres quienes tienen legalmente a cargo la tutela de sus hijos en el desarrollo de su ideología o convicciones políticas. En esta materia, el Estado (y consecuentemente la escuela estatal) han sido excluidos por la norma local, nacional e internacional de toda interferencia.
Según la Real Academia Española, la expresión “adoctrinar” significa: “inculcar a alguien determinadas ideas o creencias”. El verbo “educar”, por su parte, en su segunda acepción –la cual aplica al caso que nos ocupa- significa “desarrollar o perfeccionar las facultades intelectuales y morales del niño o del joven por medio de ejercicios, preceptos o ejemplos, etc. Educar la inteligencia, la voluntad”
Es indudable que los hechos aquí relatados no se inscriben en la tarea de educar, sino en la de adoctrinar (actividad que es ajena a la escuela), y es indudable que en el establecimiento escolar se han violentado los derechos de los niños y de sus familias.
Finalmente, cabe destacar que los funcionarios estatales, al llevar adelante tareas para las que carecen de atribuciones o al permitir que otros funcionarios u otras personas, utilicen el ámbito escolar con finalidades ajenas a las que las normas prevén, en claro beneficio de una parcialidad, vulneran las obligaciones impuestas a los funcionarios públicos. 
Por lo expuesto, solicito se investiguen los hechos denunciados, a fin de deslindar las responsabilidades que hubiere respecto de los mismos, y se adopten los medios para evitar nuevas situaciones como la que motiva la presente.

Atentamente

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DIRECCIÓN

TE

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