DENUNCIA DELITO DE INSTIGACIÓN
A LA SEDICIÓN. DENUNCIA DELITO DE INTIMIDACIÓN PÚBLICA
Señor
Juez:
JOSÉ LUCAS MAGIONCALDA, DNI: 23249495, constituyendo
domicilio en Lavalle 1773, 6º “C”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
domicilio electrónico 20232494957, a V.S. me presento y respetuosamente digo:
I.-
PERSONERÍA: Que conforme el poder judicial que acompaño, soy apoderado de CIUDADANOS LIBRES POR LA CALIDAD
INSTITUCIONAL ASOCIACIÓN CIVIL, con domicilio en Lavalle 1773, 6º
"C", Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y siguiendo instrucciones de mi
mandante vengo a manifestar lo siguiente:
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Hebe con Milani, su General preferido. |
II.-HECHOS:
Según publica el diario Clarín en su página web, el día 07/09/2018, en su nota
“GRAVE ADVERTENCIA DE HEBE DE BONAFINI: HAY QUE PARAR EL PAÍS HASTA QUE ESTOS
DIGAN BASTA”, la titular de la kirchnerista organización “Madres de Plaza de
Mayo” sostuvo que “La cosa viene muy
pesada. Es cierto que hay que organizar la bronca y no hay que organizar cosas
pequeñas, porque no sirven. No podemos hacer 20 marchitas cada día, hay que
parar el país hasta que estos digan ¨basta¨”, en clara referencia a las
autoridades del gobierno nacional. Y continuó diciendo: “Esto tiene que estar en manos de los trabajadores . El pueblo los va a
acompañar si paran el país por tres días. Paremos el país compañeros, basta de
muerte, basta de secuestros, basta de asesinos”.
Asimismo,
HEBE PASTOR DE BONAFINI acusó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de “secuestrar niños” que luego son “dados en adopción”, trazando de este
modo un paralelismo con la última dictadura militar.
III.-
DERECHO: El art. 230 del Código Penal establece que “Serán reprimidos con prisión de uno a cuatro años: …2. Los que se alzaren públicamente para impedir la ejecución de las leyes nacionales o provinciales
o de las resoluciones de los
funcionarios públicos nacionales o provinciales, cuando el hecho no
constituya delito más severamente penado por este código.” Es decir, que la
Sra. HEBE PASTOR DE BONAFINI ha incitado a los trabajadores de nuestro país, a
la comisión de este delito, incurriendo de tal modo, en el tipo penal previsto
en el art. 209 del Código Penal que expresamente establece: “El
que públicamente instigare a cometer un delito determinado contra una persona o
institución, será reprimido, por la sola instigación, con prisión de dos a seis
años, según la gravedad del delito y las demás circunstancias establecidas en
el artículo 41.”
“Parar
el país” para que el gobierno diga “basta”, con la idea de evitar inexistentes
asesinatos y secuestros cometidos por el gobierno nacional y de la Ciudad de
Buenos Aires, no constituye un legítimo ejercicio del derecho de huelga. La
huelga es un modo de protesta laboral, pero de ningún modo un medio para hacer
cesar gobiernos constitucionales. No ha de ser un medio, en definitiva, para
que los gobiernos digan “BASTA”.
Está
claro que la denunciada no busca defender derecho laboral alguno, sino que
mediante la imputación al gobierno de inexistentes conductas aberrantes, que no
ha denunciado en la Justicia, persigue que el país se pare para que el gobierno
deje de cumplir con sus funciones institucionales.
En
definitiva, los dichos de la denunciada HEBE PASTOR DE BONAFINI, convocando a provocar
que el gobierno diga “BASTA”, deben ser analizados en contexto. Y ese contexto
está dado por la comparación que la denunciada realiza de la actual situación
institucional de nuestro país, con la de la última dictadura militar. Es ese el
contexto, el de sus acusaciones y motivaciones alegadas, en el que se verifica
la pretensión destituyente de su convocatoria. Quiere rebelarse contra un
gobierno al que considera una dictadura que asesina y secuestra: claramente no
busca arrancarle una conquista social, sino anular su capacidad de gobernar. Busca
anular su capacidad de hacer cumplir las leyes y de dictar las resoluciones
necesarias para tal fin.
Asimismo, el art. 211
del Código Penal establece que “Será reprimido con prisión de dos a seis años,
el que, para infundir un temor público o suscitar tumultos o desórdenes,
hiciere señales, diere voces de alarma, amenazare con la comisión de un delito
de peligro común, o empleare otros medios materiales normalmente idóneos para
producir tales efectos.”
Está
claro que HEBE PASTOR DE BONAFINI, al sostener que el Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires secuestra niños para darlos en adopción, no hace otra cosa que
valerse de la alarma que sus dichos pueden causar en un importante sector de la
sociedad, a fin de infundir temor público o suscitar tumultos o desórdenes, en
línea con su convocatoria destituyente.
Esta
conducta se ve agravada por el carácter de dirigente de DDHH que, para un
importante número de personas reviste, aún hoy, HEBE PASTOR DE BONAFINI.
IV.-
PETITORIO: Por todo lo expuesto, pido se investiguen los delitos denunciados y
oportunamente, se apliquen las más severas sanciones que correspondan.
Proveer
de conformidad
SERÁ JUSTICIA
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